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Mesa Redonda de Empleo

Gloria
Gloria Lucena Fernández

Diplomada en Trabajo Social ha ejercido la profesión; desde 1981 hasta 2007, en la administración Central, Autonómica y Municipal.

Licenciada en Antropología Social. Máster en Gestión de la Diversidad Cultural, El Patrimonio y El Desarrollo, por la ​Universidad de Sevilla​, 2012., con el Trabajo fin de Máster titulado: Relatoras diversas: la pluralidad de las trayectorias vitales de las mujeres con diversidad funcional​. Actualmente está realizando la tesis doctoral sobre: ​El Movimiento de Vida Independiente en Andalucía: ¿nuevas representaciones y prácticas de la personas con diversidad funcional.​, dentro del Departamento de Antropología Social, Facultad de Geografía e Historia, Universidad de Sevilla.

Ha participado en numerosas actividades formativas relacionadas con el ámbito de los servicios sociales y las personas con diversidad funcional. Acumula una amplia experiencia participativa en entidades de personas con diversidad funcional, En la actualidad pertenece a la asociación VIAndalucia (Vida Independiente Andalucía).

Título de la ponencia:

“Una narrativa sobre el empleo: entre los discursos y los datos que nos persuaden”

Resumen:

El artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) establece que los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con los demás: ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado y en entornos laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles a las personas con discapacidad.

Junto a la Convención otras normas de ámbito estatal (Constitución de 1978, Ley de Integración social de los Minusválidos de 1982) y autonómica (Ley de 2017 sobre los Derechos y Atención de las Personas con Discapacidad en Andalucía) avalan y reconocen el derecho a la formación y el empleo. Sin embargo, no han conseguido erosionar lo múltiples obstáculos que dificultan el acceso al empleo de las personas con diversidad funcional, ni propiciar la igualdad de oportunidades para participar en el mercado laboral.

Así, la población inactiva de las personas sin DF representa el 24,93 % y las con DF el 64,97%. Comportamiento inverso se observa en la tasa de paro, que en las personas con diversidad funcional es de 26,19%, lo que representa casi 9 puntos más que la tasa de paro para las personas sin diversidad funcional, que es de 17,33% (​Instituto Nacional de Estadística, Año 2017, publicado 19/12/2018​).

Gloria (1)
Carmen María Morales Álvarez

Malagueña, Socia de Viandalucía, Presidenta de Asociación Solcom, miembro del FVID. Títulos: Auxiliar psiquiátrico infantil. Profesora de Educación Especial. 1o GS de Mediación Comunicativa. Multitud de cursos de educación, género y de administración en general. Empleos: Profesora sustituta privado. Educadora de niños con diversidad funcional en Junta de Andalucia . Técnico de grado medio en Junta de Andalucia. Participación en diferentes Jornadas y Congresos sobre Vida Independiente.

Título de la ponencia:

 

“Empleo joven: sueño, realidad y exclusión del mercado laboral”.

Resumen:

Múltiples, dicen los bienintencionados, que son los caminos que se abren para los jóvenes tras finalizar, si es que los han dejado, sus estudios.

Las opciones para comenzar una carrera laboral están determinadas por los certificados de discapacidad que son en definitiva los que marcan si eres o no apto, no sólo para el mercado laboral estándar, sino para entrar en el mundo paralelo.

Posibilidades:

-Ir a la oficina de empleo. Allí, dependiendo de la diversidad física, sensorial, etc. , es derivado a los servicios de Andalucía Orienta de la Junta de Andalucía, que mediante convenios con asociaciones del sector tiene cedida su gestión.

– Iniciarse en un taller especial de empleo.

– Iniciarse en Talleres preocupacionales.

– Centros especiales de empleo.

– Asociación , talleres.

– Residencia.

– Centros de día

Realidad:

La oferta real de puestos de trabajo tal como recoge el artículo 27 de la Convención es casi nula. Por consiguiente, poco podemos decir de los ajustes razonables recogidos en el artículo 2 de la misma.

Las ofertas de empleo para personas con discapacidad marcan un determinado y pequeño grupo que sí podrá acceder al empleo.

La mayoría de los jóvenes con diversidad funcional no tiene acceso al empleo porque ya vienen en su mayoría con un historial de segregación, en el que nunca se ha hablado de sus capacidades y posibilidades, sino de todo lo que no han adquirido según la media estándar. Por ello nadie les contrata, al entender que no podrán realizar de forma óptima el trabajo aunque en realidad se les está negando el empleo a jóvenes capaces de realizar múltiples tareas en variadas profesiones, incluyendo en estas realizaciones los ajustes razonables que se precisen.

Si durante la infancia han estado segregados y apartados muchos de ellos, cómo van a tener inclusión y normalización en su etapa adulta.

Desempleados hasta el aburrimiento vital, descartados como personas empleables se van redefiniendo buscando algún hueco en un lugar segregado, porque al igual que todos, son sociables y precisan interactuar con el mundo (segregado o gheto).

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