Si no somos libres y no vivimos en un ambiente seguro, es imposible que aportemos nada
ARTÍCULO 14 – LIBERTAD Y SEGURIDAD DE LA PERSONA Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás: Disfruten del derecho a la libertad y seguridad de la persona; No se vean privadas de su libertad ilegal o arbitrariamente y que cualquier privación de libertad sea de conformidad … Leer más