Las políticas derivadas de la aplicación en España de la filosofía de Vida Independiente han demostrado plenamente sus ventajas respecto de las derivadas del modelo médico-rehabilitador. Los datos extraídos de los proyectos españoles así lo muestran.
La incorporación a la normativa española de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad (Diversidad Funcional) determina un fuerte impulso legislativo para la incorporación de este tipo de políticas, que se suma a la demanda actual del colectivo de las personas con diversidad funcional respecto de participar en la sociedad en igualdad de oportunidades. No obstante la Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía personal establece de forma muy deficitaria a la prestación económica para asistencia personal, aún en aquellos lugares donde se ha pretendido mejorar. Lo cierto es que la adaptación de la ley 39/2006 a la Convención de la ONU está todavía por hacer.
Así las cosas el mantenimiento de los proyectos actuales, así como la puesta en funcionamiento de otros que pudieran plantearse desde las distintas administraciones (autonómica o local), son recomendables y están plenamente justificados por el claro carácter subsidiario que adquieren estos programas respecto de la ley. Asimismo, las experiencias desarrolladas marcan dos caminos posibles a seguir: las subvenciones para la constitución de Oficinas de Vida Independiente o/y el establecimiento de ayudas individuales.