No me mates, por favor. Tengo derecho a vivir igual que tú
Artículo 10 Derecho a la vida Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás https://viandalucia.org/?p=5408&preview=true